TENENCIA Y USO DE EXPLOSIVOS EN MOVILIZACIONES SE SANCIONARÁ CON UNO A CUATRO AÑOS DE CÁRCEL

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La Paz, 26 de septiembre (ABI).- El Gobierno aprobó el miércoles el Decreto Supremo 1359, que establece cárcel de uno a cuatro años, para aquellas personas que sean sorprendidas en tenencia y uso de explosivos durante movilizaciones callejeras.

La presidenta en ejercicio Gabriela Montaño, en conferencia de prensa dictada en el hall de Palacio de Gobierno, realizó el anuncio y dijo que "la detentación y el uso de artefactos explosivos que pongan en riesgo la vida de personas pasará por el tema penal y en el tema penal está definida una sanción de uno a cuatro años".

La iniciativa partió del Ministerio de Gobierno, despacho que elaboró el proyecto de decreto que esta jornada fue analizado y aprobado en reunión de gabinete de ministros.

La norma surge luego de la muerte del Héctor Choque, minero asalariado, quien fue víctima de un explosivo que cooperativistas arrojaron a las instalaciones de la Federación de Trabajadores Mineros, durante una marcha, el martes 18 de septiembre.

Montaño aclaró que la prohibición del uso de artefactos y sustancias explosivas se limita a las movilizaciones, en las que se ponga en riesgo la integridad de la población.

Sin embargo, en el caso de las fiestas patronales, entradas folklóricas, actividades laborales mineras e hidrcarburíferas, el uso del material está permitido.

Por su parte, el Ministro de Gobierno, Carlos Romero, dejó en claro que el uso de materiales explosivos con fines industriales, laborales y la comercialización de los mismos con fines productivos no se penalizará.

A través del decreto supremo se habilita a la Policía Boliviana y el Ministerio Público para el decomiso y la incautación de materiales explosivos, en caso de que esa tenencia tenga el objetivo de usarse con fines peligrosos que afecte la vida humana o que puedan comprometer la comisión de daños materiales de bienes públicos o privados.